CNE socializa con AMCHAMDR nuevas disposiciones del Decreto 65-23 y normativas de almacenamiento para proyectos renovables

El Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), Edward Veras, encabezó el equipo  de la institución que socializó con el  Comité de Energía de la Cámara Americana de Comercio de la República Dominicana (AMCHAMDR) la normativa complementaria para el almacenamiento con baterías en los proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes variables y de las condiciones necesarias para  tramitar concesiones en el Régimen Especial. Además, se socializaron las disposiciones contenidas en el Decreto 65-23 que modifica el Reglamento de Aplicación de la Ley 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales. 

Durante el encuentro de socialización con los representantes del Comité de Energía de AMCHAMDR, Veras resaltó los avances logrados en el país en materia de energía renovable desde la promulgación del Decreto Número 608-21 por parte del Poder Ejecutivo.

Explicó que, el Decreto Número 608-21, emitido por el presidente Luis Abinader ha permitido agilizar los trámites burocráticos para otorgar nuevas concesiones para operar parques de energía renovable y para no restringir los contratos de energía en el país, debido a que la CNE, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y las demás instituciones del sector pueden tomar decisiones administrativas sin necesidad de recurrir a la modificación de la Ley.

Al valorar el gran avance logrado en materia de energía renovable durante el gobierno del presidente Abinader, período en el que se han otorgado 31 concesiones para igual número de proyectos, Veras resaltó que esos parques se han distribuido de forma estratégica en todo el país, sin que los de energía solar, afecten la agricultura, gracias a la planificación hecha y presentada en el Plan Energético Nacional (PEN).

Precisó que como la planificación es fundamental para el desarrollo sostenible del sector eléctrico, la CNE hace los ajustes de lugar al PEN para en los próximos meses presentar al país una segunda versión con las opiniones de todos los actores del sector.

Indicó que en la planificación estratégica que se realiza, la CNE ha tomado en cuenta lo que establece la Ley de Organización Territorial para otorgar las concesiones y contratos para la generación y venta de energía. Agregó que, en el proceso de las concesiones para energía solar y eólica, también da participación al Ministerio de Agricultura.

En la socialización además del director Edward Veras, participaron por la CNE: Ricardo Guerrero, Director Eléctrico; Yeulis Rivas, Director de Fuentes Alternas y Uso Racional de Energía; Orlando Fernández, Director Jurídico; Darío Kelly, asesor de la Dirección Ejecutiva y Eduardo Sánchez, encargado de la División de Desarrollo Normativo, quienes expusieron sobre diversos aspectos claves  contenidos en la normativa.

Mientras que, por el Comité de Energía de la Cámara Americana de Comercio de la República Dominicana, participaron de manera presencial los siguientes miembros: Michelle Abreu, Ricardo Lemus, Carolina Silie y Katherine Rosas, quienes agradecieron a la CNE las orientaciones recibidas sobre la norma complementaria para la inclusión de almacenamiento con baterías para los proyectos de energía eléctrica a partir de fuentes variables y las condiciones para tramitar concesiones en el Régimen Especial. Además, estuvieron de manera virtual, otros miembros del comité, quienes pudieron interactuar con el equipo de la CNE sobre diferentes aspectos del sector energético nacional, especialmente en temas de renovables.

Se recuerda que, la CNE mediante su resolución número CNE-AD-0004-2023, estableció las condiciones para tramitar las solicitudes de concesiones correspondientes a la actividad de generación de energía eléctrica en régimen especial con almacenamiento (BESS) para ofrecer el servicio arbitraje de energía, a partir de las fuentes primarias de Energías Renovables Variables (ERV).

La resolución emitida por la CNE el 20 de febrero pasado, tiene como objetivo establecer los requerimientos de forma y de fondo para los Sistemas de Almacenamiento con Baterías (BESS por sus siglas en inglés) para los proyectos de generación de energía eléctrica a partir de energías renovables variables, con la finalidad de que sean utilizados en los servicios de arbitraje de energía en aras de propiciar un mejor funcionamiento de ese subsector eléctrico.

La disposición de la CNE también tiene como propósito enlazar las prerrogativas contenidas en el literal «b» del artículo 14 de la ley 125-01 (Ley General de Electricidad), con el procedimiento establecido en el artículo 23 y siguientes sobre concesiones provisionales. De igual manera, se busca el enlace con el artículo 35 sobre concesiones definitivas, del Reglamento de aplicación de la Ley 57-07, que trata sobre el incentivo al desarrollo de fuentes renovables de energías y sus regímenes especiales.

Precisa que la resolución está dirigida a los peticionarios o titulares de instalaciones de generación de energías provenientes de fuentes primarias renovables variables, que pretendan explotar la actividad de generación de energía eléctrica en régimen especial con almacenamiento BESS, con la finalidad de ofrecer los servicios de arbitraje de energía.

 

 

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